Licencia de Contrucción

Servicios Curaduría Urbana 2 Ibagué

SEGÚN EL ARTÍCULO 2.2.6.1.1.7 Licencia de construcción y sus modalidades. Es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, de conformidad con lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normatividad que regule la materia en las licencias de construcción se concretarán de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.

Modalidades:

  • Obra nueva
    • Es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos o cuya área esté libre por autorización de demolición total.

  • Ampliación
    • Es la autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

  • Adecuación
    • Es la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble original.

  • Modificación
    • Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida.

  • Restauración
    • Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos.

  • Reforzamiento Estructural
    • Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997, sus decretos reglamentarios, o las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan y el Reglamento colombiano de construcción sismo resistente y la norma que lo adicione, modifique o sustituya.

  • Demolición
    • Es la autorización para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y deberá concederse de manera simultánea con cualquiera otra modalidad de licencia de construcción.

  • Reconstrucción
    • Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro.

  • Cerramiento
    • Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.

Requisitos:

Formulario de solicitud debidamente diligenciado por el solicitante. Y constructor responsable. (Este último debe ser Ingeniero o arquitecto. ver notas).

Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes antes de la fecha de la solicitud.

Si el solicitante si es persona natural presentar fotocopia de la cédula y si fuera persona jurídica, deberá acreditarse la existencia y representación de la misma mediante el documento legal idóneo, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes.

Cuando se actúe por medio de apoderado, debe presentar poder debidamente otorgado, es decir con presentación personal del otorgante ante la Curaduría o ante Notario.

Copia Recibo de predial ultimo año en el que figure la dirección alfanumérica o identificación del predio. U otro documento oficial con base en el cual se pueda establecer la dirección del predio objeto de solicitud. (certificado de nomenclatura)

La relación de la dirección de los predios colindantes al proyecto objeto de la solicitud. Se entiende por predios colindantes aquellos que tienen un lindero en común con el inmueble o inmuebles objeto de solicitud de licencia. Este requisito no es exigible cuando se trate de predios rodeados completamente por espacio publico o ubicados en zonas rurales no suburbanas

Copia de la matrícula profesional de los profesionales intervinientes en el trámite de licencia urbanística y copia de las certificaciones que acrediten su experiencia, para los trámites que así lo requieran

En el evento que el proyecto sometido a consideración tenga por objeto el desarrollo de programas de interés social, el titular de la licencia así lo manifestará bajo la gravedad del juramento y de ello se dejará constancia en el acto administrativo que resuelva la solicitud de licencia.

Certificación expedida por las empresas de servicios públicos domiciliarios o la autoridad o autoridades municipales competentes, acerca de la disponibilidad inmediata de servicios públicos en el predio o predios objeto de la licencia, dentro del término de vigencia de la licencia.

Estudio de suelos de acuerdo a lo establecido en el acuerdo municipal. No. 009/02 y con la presentación exigida por el decreto municipal No. 726/05./ o Informe de Investigación mínimo de suelos si el diseño es por Título E NSR-10

Memorias de los cálculos y diseños estructurales y del diseño de los elementos no estructurales; y planos estructurales y de elementos No estructurales.

El proyecto arquitectónico, elaborado de conformidad con las normas urbanísticas y de edificabilidad vigentes al momento de la solicitud. Los planos arquitectónicos deben contener como mínimo la siguiente información: Localización , Plantas. Aladas, fachadas, cubiertas y cuadro de áreas

Edificaciones que tengan o superen los dos mil metros cuadrados (2.000 m2) de área construida, o que que cuenten con la posibilidad de tramitar ampliaciones que alcancen los dos mil (2 000 m2) metros cuadrados o que sus edificaciones en conjunto superen los dos mil metros cuadrados (2.000 m2) de área construida deben anexar Memorial firmado por el revisor independiente de los diseños estructurales, en el que certifique el alcance de la revisión efectuada

Si la solicitud de licencia se presenta ante una autoridad distinta a la que otorgó la licencia original, se adjuntarán las licencias anteriores, o el instrumento que hiciera sus veces junto con sus respectivos planos

Anteproyecto aprobado por el Ministerio de Cultura si se trata de bienes de interés cultural del ámbito nacional o por la entidad competente si se trata de bienes de interés cultural de carácter departamental, municipal o distrital cuando el objeto de la licencia sea la intervención de un bien de interés cultural. Si se trata de intervenciones en patrimonio arqueológico incluir autorización expedida por autoridad competente

Para inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, copia del acta del órgano competente de administración de la propiedad horizontal o del documento que haga sus veces, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad horizontal vigente, autorizando la ejecución de las obras solicitadas.

Copia del peritaje técnico que sirva para determinar la estabilidad de la construcción y las intervenciones y obras a realizar que lleven progresiva o definitivamente a disminuir la vulnerabilidad sísmica de la edificación, cuando a ello hubiere lugar.

NO SON REQUISITO PERO AYUDAN A AGILIZAR LA REVISION:


Certificación cumplimiento de norma Retie

Paramento

Indicación de Coordenadas según plano IGAG

Entidades de Interés